miércoles, 21 de noviembre de 2012

Octavo encuentro ECUWI

Barcelona se prepara para la Shopping Night que se celebrará el próximo 22 de noviembre en las tiendas del Paseo de Gracia y calles adyacentes.  Se trata de la tercera edición de esta iniciativa, que mantendrá los comercios abiertos hasta la una de la madrugada.  Con la intención de impulsar el Paseo de Gracia como eje comercial de la ciudad, es una ocasión ideal para los que salen tarde de las oficinas y disponen de poco tiempo para, por ejemplo, renovar sus armarios, aprovechando las ofertas que se realizan con motivo de esta jornada.

En el evento ECUWI de este lunes, tuvimos el placer de contar con la presencia, como ponente, de un representante de uno de los promotores de este evento, el Sr. Alfredo Martín, presidente de la asociación AMICCA (http://www.amicca.org), que agrupa nada menos que a 50 de las grandes cadenas de ámbito multisectorial como Adolfo Domínguez, Esprit, Prenatal, Mango, Jean Louis David, Juguettos, Swarovski o Starbucks, por citar solo algunas, con una representación de más de 5.000 tiendas con una facturación equivalente a 5.000 millones de Euros.  Considerando que España ocupa el cuarto puesto en presencia de marcas propias, la mejora en la innovación comercial de las empresas asociadas se ha llevado a cabo, en parte, gracias a su agrupación en AMICCA cuya filosofía es la de compartir contenidos y experiencias a través del contacto directo y personal en conferencias y congresos como el Congreso de Retail Nacional o publicaciones propias como modaes.es.
 
Alfredo Martín, con una larga trayectoria como Director General en Adolfo Domínguez es un gran conocedor del sector de la moda.  De forma amena nos introdujo en el proceso de creación de líneas de moda más accesibles: las diferentes fases de su creación, las industrias y tecnologías involucradas, etc.  En el sector textil, desde la creación de un diseño hasta la aparición en pasarela y, finalmente, en las tiendas de moda puede transcurrir un total de 2 años. En este sentido, el Sr. Martín hizo hincapié en que los patrones de moda no son objeto de protección de propiedad intelectual y nos dió algunos ejemplos reales de donde proceden las fuentes de inspiración de líneas enteras de moda. 
 
 
Los 30 participantes del octavo encuentro de ECUWI, personalidades del ámbito empresarial, cultural y científico pudieron disfrutar en el Bankers Bar del Hotel Mandarin Oriental de Barcelona de una entretenida charla sobre el concepto de Moda Democrática, donde se habló de la diferencia entre "moda" y "ropa" con un animado e interesante debate final en el que se llegó a la conclusión de que cada uno, a la hora de comprar, debe ser consciente de qué valor da a una prenda de moda respecto a su diseño, calidad y origen de la fabricación.

ECUWI es una idea de BROSA Abogados y Economistas.  Un evento periódico para enlazar conocimientos, generar oportunidades, intercambiar experiencias, compartir iniciativas y fomentar contactos entre empresas, instituciones oficiales y culturales.

Consulte los eventos anteriores.  Más información de ECUWI en ecuwi@brosa.es.

Ahora también, síguenos en Twitter (@ECuWi):

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martes, 20 de noviembre de 2012

Modificaciones Tributarias

Modificaciones Tributarias aplicables a partir del 31 de octubre de 2012

En las últimas entradas de este blog se han comentado dos importantes novedades:
 
Tal como se informó, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se expone el resto de las principales modificaciones que también aparecen en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, denominada "Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude".

El contenido de esta Circular es el siguiente:

  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
    • Nuevos supuestos en que deberá aplicarse la figura de INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO.
    • Otras modificaciones que se aplican a situaciones de declaración de concurso.
    • Modificaciones que se afectan a transmisiones de inmuebles a través de sociedades.
    • Nuevo supuesto de infracción tributaria.
  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF)
    • Nuevo supuesto de exclusión de la Estimación Objetiva, aplicable a partir del 1º de enero de 2013.
    • Ganancias patrimoniales no justificadas respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
    • Ganancias patrimoniales no justificadas, respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • LEY GENERAL TRIBUTARIA
  • LEY DEL MERCADO DE VALORES
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 09/2012.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

lunes, 12 de noviembre de 2012

Novedades Tributarias: Limitación de pagos en efectivo

En la anterior entrada del blog, hablamos de la nueva declaración fiscal respecto a bienes en el extranjero.  Ahora, continuamos revisando las novedades aprobadas por la Ley 7/2012  de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude de la que nos hacemos eco en la Circular Fiscal 08/2012 del Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.
 


LIMITACIONES LEGALES A LA REALIZACIÓN DE PAGOS
EN EFECTIVO PARA IMPORTES SUPERIORES A 2.500 EUROS

Se prohíbe el pago en efectivo, en determinadas circunstancias.
  • A partir del próximo día 19 de noviembre, no podrán pagarse en efectivo las operaciones, cuyo importe sea igual o superior a 2.500 euros, si uno de los intervinientes es empresario o profesional.
  • Este límite será de 15.000 euros, si el pagador es una persona física, no empresario, que tiene su residencia fiscal fuera de España.

¿Qué se entiende por efectivo?
  • No solamente tienen tal consideración el papel moneda y la moneda metálica (sean nacionales o extranjeros), sino también los cheques bancarios al portador, así como cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Novedades Tributarias: Obligaciones sobre bienes en el extranjero

En la Circular Fiscal 08/2012 publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas se comentan algunas de las novedades aprobadas por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

En esta entrada hablamos de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.  En el siguiente artículo del blog, trataremos sobre las limitaciones legales para pagos en efectivo superiores a 2.500 Euros.
 
NUEVA DECLARACIÓN FISCAL RESPECTO A
BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 
 
Nueva declaración fiscal, a presentar a principios del 2013.
  • Será obligatorio presentar una declaración, acerca de:
    • Cuentas bancarias abiertas en el extranjero.
    • Títulos, activos, valores o derechos, préstamos, seguros de vida o invalidez, rentas vitalicias o temporales, etc., que se encuentren depositados o situados (o contratados) en el extranjero.
    • Bienes inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles, situados en el extranjero.
¿Quiénes estarán obligados a presentar tal declaración?
  • Los obligados tributarios de dicha declaración serán los titulares o beneficiarios (incluso los autorizados para operar con cuentas bancarias), tomadores de seguros, etc.
  • Se extiende la consideración de titulares a los titulares reales, es decir:
    • Personas físicas por cuya cuenta se pretende establecer una relación de negocios o intervenir en cualquier operación.
    • Personas físicas que posean en último término o controlen más del 25% de las acciones de una persona jurídica, o de un instrumento que administre o distribuya fondos.



Steuernews Spanien: Aus für Schwarzgeldgeschäfte und wichtige Meldepflichten für Steuerzahler

(Artículo de Opinión, en alemán, de Sandra Schramm sobre las recientes novedades tributarias: limitaciones para pagos en efectivo superiores 2.500 Euros y nueva declaración fiscal sobre bienes en el extranjero)
 
Barcelona, den 12.11.2012
Steuernews Spanien: AUS FÜR SCHWARZGELDGESCHÄFTE und WICHTIGE MELDEPFLICHTEN FÜR STEUERZAHLER
 
Stichtage: 19. November 2012 - 30. November 2012 - 31. März 2013
 
Ein Akt der Steueramnestie bilden die neuen Maßnahmen der spanischen Regierung eigentlich nicht, denn der spanische Gesetzgeber nennt sie vielmehr “Steuerregulierung“ und gibt damit den in Spanien steuerpflichtigen Bürgern bis zum 30.11.2012 letztmalig Gelegenheit, bislang nicht deklarierte Vermögenswerte aus “Schwarzgeldgeschäften“ oder ähnlichen Transaktionen anzumelden.
 
Der Anreiz besteht in einem verminderten speziellem Steuersatz von 10 % und nein, eine Geldbuße ist für die Meldung nicht vorgesehen. Mit dem neuen Steuersatz soll nicht nur Geld in die Staatskasse fließen, sondern auch den Bürgern mit totem Kapital dubioser Herkunft auf Steuerparadieskonten Gelegenheit gegeben werden, diese wieder legal dem Zahlungsverkehr zuzuführen. Wer die Frist verpasst und bis zum 30. November 2012 nicht das Formular 750 ausfüllt und beim spanischen Finanzamt einreicht, vorausgesetzt er verfügt über Kapital dieser Herkunft, hat ein Problem, sollte das spanische Finanzamt dahinter kommen. Denn hier knüpft das neue Gesetz 7/2012 vom 29. Oktober gnadenlos an. Danach haben bis zum 31. März 2013 alle in Spanien steuerpflichtigen Bürger (Spanier und Ausländer) ihre im Ausland bislang nicht benannten Vermögensgüter (Immobilien, Gelddepots, Konten, usw.) offen zu legen.