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martes, 13 de diciembre de 2016

Modificaciones Tributarias diciembre 2016

El Boletín Oficial del Estado de 3 de diciembre acaba de publicar el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre (el cual tendrá que ser convalidado por el Congreso de los Diputados), con la finalidad de tomar medidas de política económica que ayuden a corregir desequilibrios en la misma.

Estas modificaciones, que se basan en la pretensión de incrementar la recaudación, afectan a varios impuestos, tales como el Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuestos Especiales, Ley del Catastro Inmobiliario, etc.

Por su inmediatez, destacan algunos cambios que serán de aplicación sobre el próximo Pago Fraccionado, a realizar hasta el 20 de diciembre, por parte de grandes empresas.

Asimismo, la modificación de la Ley General Tributaria señala que los pagos de tributos repercutibles (IVA) o los Pagos Fraccionados del Impuesto sobre Sociedades no podrán ser objeto de aplazamiento como hasta ahora sucedía.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se detallan estas modificaciones.

La Circular Fiscal 2/2016 está disponible para su DESCARGA eel apartado "Publicaciones" de nuestra web siguiendo este enlace directoCircular Fiscal 2/2016

Próximamente, en otra nueva Circular Fiscal, se abordará otra de las modificaciones publicada recientemente (pero que entrará en vigor el próximo 1º de julio de 2017), consistente en obligar a las empresas (que facturen más de seis millones de euros anuales) a realizar el suministro electrónico de los registros de facturación, de manera individualizada. 

lunes, 10 de octubre de 2016

Pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

Durante este ejercicio de 2016, debido a la situación política en que se encuentra España, no se han dictado normas de índole tributaria.  Sin embargo y a pesar de que el Gobierno español está todavía en funciones, se ha apresurado a aprobar su segundo Real Decreto-Ley de este año 2016, con la intención claramente manifestada en el propio título de dicha disposición, cual es la de reducir el déficit público.

A tal fin, ha sido modificada la Ley del Impuesto sobre Sociedades, incrementando los importes a ingresar, en concepto de Pagos Fraccionados de este mismo ejercicio 2016, por lo que dicha modificación será de aplicación a partir del próximo pago a cuenta, que deberá realizarse en los primeros 20 días de este mes de Octubre, así como para próximos pagos fraccionados.

Dichos cambios afectarán solamente a las sociedades que facturen más de diez millones de euros anuales.

Es por ello que también se han adaptado los modelos de declaración, mediante una Orden Ministerial: modelo 222 y modelo 202, los cuales deberán ser utilizados para materializar los pagos fraccionados, a partir de ahora.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se comentan estos cambios.

La Circular Fiscal 1/2016 está disponible para su DESCARGA en el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 1/2016

Las principales cuestiones tratadas en la Circular son la siguientes:
  • Pagos Fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
  • ¿A qué entidades afectará esta modificación?.
  • Calculo de la cantidad mínima a ingresar
  • ¿Cómo se calcula el resultado que arroje la Cuenta de Pérdidas y Ganancias?.
  • Excepción: ¿Qué porcentajes deberán aplicar las entidades de crédito y otras entidades, dedicadas a la explotación, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos?. 
  • Otras excepciones: sociedades varias.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.



miércoles, 23 de diciembre de 2015

Modificaciones Tributarias de la Ley de Presupuestos para 2016

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se comentan las principales modificaciones tributarias incluidas en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2016, además de recordar otras informaciones a tener en cuenta para el ejercicio 2016 y que provienen de otros cambios normativos anteriores.

En la Circular (que pueden descargar siguiendo el enlace al final de esta entrada) se comentan, entre otras, las modificaciones relacionadas con:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  • Tasas
  • Impuestos Locales
  • Interés Legal del dinero e Interés de Demora
  • etc.

Destacamos las nuevas retenciones a cuenta del IRPF, aplicables a partir del 1º de enero de 2016:

  • Retenciones sobre retribuciones de consejeros y administradores: 35%
  • Retenciones sobre retribuciones de consejeros y administradores, de entidades cuya cifra de negocios fuese inferior a 100.000 euros: 19%
  • Retenciones sobre elaboración de obras literarias, artísticas o científicas: 15%
  • Retenciones sobre rendimientos de Actividades Económicas, distintas de la cesión del derecho de imagen, actividades agrícolas, forestales o empresariales (y excluyendo las actividades profesionales): 19%
  • Retenciones sobre juegos, concursos, rifas, etc.: 19%
  • Retenciones sobre aprovechamientos forestales en montes públicos: 19%
  • Retenciones sobre rendimientos del Capital Mobiliario, excepto los derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen: 19%
  • Retenciones sobre rendimientos del Capital Inmobiliario (arrendamientos y subarrendamientos): 19%

Sin embargo, mantienen los mismos tipos los siguientes rendimientos:

  • Atrasos de rendimientos del trabajo: 15%
  • Retenciones sobre actividades profesionales: 15% (7% para los profesionales que inicien su actividad, durante el año de inicio y dos más).
  • Cursos, seminarios, conferencias, etc.: 15%
  • Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas (si se cede el derecho de explotación): 15%
  • Actividades agrícolas y ganaderas, en general: 2%
  • Actividades de engorde de porcino y avicultura: 1%
  • Actividades forestales: 2%
  • Actividades empresariales en Estimación Objetiva: 1%
  • Cesión derecho de imagen: 24%

En cuanto a las nóminas, la tabla de retenciones a partir del 1º de enero de 2016, será la siguiente:


La Circular Fiscal 12/2015 está disponible para su DESCARGA en el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 12/2015

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

     


miércoles, 28 de octubre de 2015

Reforma de la Ley General Tributaria (I)

En el BOE del pasado 22 de septiembre se publicó la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, que reforma parcialmente la Ley General Tributaria (Ley 58/2003).

En la misma disposición, también se modifican, entre otras, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (respecto a los delitos contra la Hacienda Pública), la Ley Orgánica 12/1995, de Represión del Contrabando (en relación con las infracciones y sanciones), la Ley del Impuesto sobre Sociedades (respecto a la comprobación de bases y deducciones, compensación de cuotas negativas, etc.). Salvo algunas excepciones, la entrada en vigor se fija para el 12 de octubre de 2015.



Según se especifica en el preámbulo de dicha Ley 34/2015, los objetivos de dicha reforma consisten en:
  • Reforzar la seguridad jurídica, intentando reducir la litigiosidad; 
  • Prevenir el fraude fiscal; 
  • Dar más instrumentos a la actuación de la Administración Tributaria. 


En la anterior Circular Fiscal BROSA ya se anticipó una de las novedades de esta reforma, como es la referente a la publicación de listados de deudores de la Hacienda Pública. Esta reforma de la Ley General Tributaria es de gran calado, no sólo porque se han modificado cambios en muchos de los artículos que la conforman, sino porque se han introducido dos nuevos títulos. Nos referimos al título VI, titulado de la siguiente forma: “Actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos en supuestos de delito contra la Hacienda Pública”, y al título VII, que se menciona como: “Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario”.

En esta primera de las Circulares que vamos a dedicar esta reforma, vamos a comentar las modificaciones que se han producido, en relación con los títulos I (Disposiciones generales del ordenamiento tributario) y II (Los tributos) de la Ley General Tributaria, de forma que el resto de modificaciones serán expuestas en posteriores Circulares. También se comentarán los cambios que ha sufrido la Ley del Impuesto sobre Sociedades, al tener una relación directa con alguna de las modificaciones en la LGT.

La Circular Fiscal 7/2015 está disponible para su DESCARGA en el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 7/2015


Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 25 de septiembre de 2015

Nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

El 27 de noviembre del 2014 se aprobó la nueva Ley que regula el Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014 de 27 de noviembre, ver nuestra Circular Fiscal 9/2014).

Dicha Ley mantenía la estructura del Impuesto que ya existía desde el año 1996, pero introducía cambios significativos en el tratamiento fiscal de elementos de la base imponible que se regularían mediante un nuevo Reglamento del Impuesto.

Con la aprobación de este Reglamento (R.D. 634/2015, de 10 de julio) se adecuan los nuevos parámetros establecidos por la Ley y se actualizan el resto de disposiciones al necesario desarrollo reglamentario.

En general, este Reglamento entra en vigor a partir del 1 de enero de 2015, salvo algunas excepciones, que se comentan.

En la Circular Fiscal 4/2015 publicada por el Departamento Fiscal de Brosa Abogados y Economistas se reseñan las modificaciones más importantes introducidas por el nuevo Reglamento, respecto del que estaba vigente.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 4/2015.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 16 de julio de 2015

Modificaciones tributarias urgentes: cambios en los tipos de retención

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 11 de julio se ha publicado el Real-Decreto Ley 9/2015, de 10 de julio, que se autodenomina: “medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico”. 

De hecho, se adelantan unos 5 meses algunas de las modificaciones que deberían de haber entrado en vigor a partir del próximo año 2016. En particular, las medidas adoptadas en este Real-Decreto Ley entran en vigor a partir del 12 de julio del 2015.

A continuación resumimos los cambios más relevantes, que comentamos con más detalle en la Circular Fiscal 3/2015 publicada esta semana por el departamento Fiscal de Brosa Abogados y Economistas.

Impuesto sobre Sociedades
Reducción de las retenciones e ingresos a cuenta, que se fijan en 19,50% (en lugar del 20%) a partir del 12 de julio de 2015.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Se anticipa la escala general que estaba prevista para 2016, que tendrá efectos desde primero de enero de 2015.  Según los tramos marginales, los tipos pueden ser objeto de una reducción de medio punto o de un punto.  (Consultar los detalles en la Circular Fiscal 3/2015).

También se ven reducidas las retenciones sobre el trabajo personal, según la siguiente tabla:


En relación con los pagos realizados a autónomos, a partir del 12 de julio las retenciones pasan a ser del 15% (en lugar del 19% actual).  Cuando se trate de autónomos con menos de tres años de actividad, el tipo será del 7% (en lugar del 9%).  No se modifican los tipos de retención para las actividades agrícolas, ganaderas o forestales, ni los aplicables a determinados empresarios en Estimación Objetiva.

Del mismo modo, las retenciones aplicables a pagos por haber impartido seminarios y otros cursos, así como por la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas se reduce también al 15%.

Finalmente, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes se ve rebajado en medio punto, quedando fijado en el 19,50%.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 3/2015.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.



lunes, 12 de enero de 2015

Modificaciones Tributarias de la Ley de Presupuestos para 2015

En el BOE de 30 de diciembre de 2014, se ha publicado la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, para el año 2015, donde se incluyen aquellas modificaciones tributarias que afectan a cambios que deben incluirse en una Ley específica, es decir, las que no suponen un cambio en el fondo de los tributos.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Entre los aspectos a destacar señalamos la prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio para 2015 y la bonificación del 100% a partir del 1 de enero de 2016, así como la rebaja de medio punto en el interés legal del dinero, que queda establecido en 3,50% para 2015 y en 4,375% para el interés de demora.

En nuestras últimas circulares fiscales del mes de diciembre (Circular Fiscal 8/2014 y Circular Fiscal 9/2014) ya analizamos los cambios en el Impuesto de Sociedades y el IRPF.  El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado una nueva Circular Fiscal en la que se comenta, además de lo señalado en el párrafo anterior, otros apartados que no han variado, como el tipo de interés de morosidad y los umbrales intracomunitarios.

Las novedades tributarias más importantes son las que comentamos a continuación:
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
  • Tasas
  • Umbrales relativos a INTRASTAT
  • Interés legal del dinero e interés de demora
  • Interés para casos de morosidad
  • Fijación IPREM para 2015

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 1/2015

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.


lunes, 22 de diciembre de 2014

Reforma del Impuesto sobre Sociedades (para el ejercicio 2015)

De los distintos impuestos que modifica la Reforma Fiscal recientemente aprobada, el Impuesto sobre Sociedades es el único caso en que se genera una Ley enteramente nueva, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, que sustituye a la antigua Ley 43/1995, cuyo Texto Refundido se aprobó mediante R.D.L. 4/2004, de 5 de marzo.



La nueva Ley mantiene la misma estructura del Impuesto sobre Sociedades que venía aplicándose desde 1996, de manera que el resultado contable continúa siendo el elemento determinante de la base imponible y constituye el punto de partida en su determinación.

La redacción de esta nueva Ley se ha hecho necesaria debido a que los cambios en el tributo son importantes y consisten básicamente en una rebaja de tipos, medidas de ensanchamiento de la base imponible, recortando gastos deducibles y eliminando algunas deducciones, bonificaciones y exenciones. Todo lo anterior conllevará un incremento de las diferencias temporarias, al separarse más la base imponible del resultado contable.

Sin embargo, tal como se irá exponiendo, también se van a producir cambios que mejorarán la tributación de las grandes empresas, pero no aportarán un rebajas adicionales a las pymes.

Las modificaciones que se incluyen en esta reforma, al igual que en el resto de tributos modificados, entrarán en vigor de forma escalonada, entre el 2015 y 2016, atenuándose de esta forma el importe de rebaja fiscal en las arcas públicas.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado una nueva Circular Fiscal en la que se resumen las principales novedades, siguiendo el orden de los artículos de la Ley. 

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 9/2014

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 5 de diciembre de 2014

Reforma del IRPF. Novedades para el ejercicio 2015

Finalmente, en el BOE del 28 de noviembre se han publicado las leyes que forman parte de la Reforma Fiscal.  La aplicación de la mayoría de las modificaciones se realizará en el ejercicio 2015, aunque algunas medidas se aplican ya en 2014 y otras se aplicarán en 2016 y 2017.

Las leyes publicadas son tres:
  • Ley 26/2014 de 27 de noviembre por la que se modifica la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en este caso se deroga el RDL 4/2004 de 5 de marzo,  del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
  • Ley 28/2014 de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Debido a la importancia de las modificaciones y a la urgencia de la toma de decisiones antes de que finalice 2014, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado la Circular Fiscal 06/2014 que trata exclusivamente las modificaciones realizadas en la Ley 26/2014 que afecta al IRPF.  Con posterioridad se remitirá una Circular para las modificaciones de IVA y otra para las del Impuesto sobre Sociedades, de aplicación a partir del mes de enero de 2015.

En esta Circular 06/2014 se analizan los modificaciones de IRPF que afectan a:
  • Rendimientos del Trabajo
  • Rendimientos de Capital Mobiliario
  • Ganancias y Pérdidas Patrimoniales
  • Rendimientos de Capital Inmobiliario
  • Rendimientos de Actividades Económicas
  • Aportaciones a Planes de Pensiones
  • Reducción de Tipos Impositivos

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 6/2014.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 16 de enero de 2014

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014

Como cada año, la Ley de Presupuestos del Estado contempla determinadas modificaciones de índole tributaria, entra las que destacamos la cantidad de medidas que han sido prorrogadas para el año 2014.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 2/2014 cuyo contenido transcribimos a continuación.  Pueden acceder al contenido completo de la Circular pulsando sobre el enlace al documento (PDF) al final de esta entrada.



1.- IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Pagos Fraccionados
Se mantienen los mismos tipos que se han venido aplicando durante el 2013.
Par el cálculo de los pagos a cuenta deberán tenerse en cuenta las limitaciones previstas en la legislación vigente.

Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo.
Se prorroga un año más el tipo reducido del 20% para las Pymes que facturen menos de 5.000.000 de euros, con plantilla inferior a 25 empleados, siempre y cuando mantengan o amplíen su plantilla, en comparación con la media del ejercicio 2008.

Incentivos al mecenazgo.
Se pasa al 40%, en lugar del 35%, el porcentaje de beneficio fiscal por determinados donativos o donaciones.

Deducción como gastos de formación.
Se prorroga la deducción relativa a gastos e inversiones para habituar a los trabajadores en nuevas tecnologías, en concreto, la utilización de Internet en sus domicilios respectivos.

2.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones de inmuebles.
Cuando las personas físicas transmitan inmuebles, no afectos a actividades económicas, el coste de adquisición de dicho bien puede ser incrementado, aplicando los coeficientes según el año de compra del inmueble (Ver tabla en la Circular 2/2014 o pulsando aquí).

Prórroga de medidas temporales.
Para el año 2014, seguirán en vigor (y, por tanto, prorrogadas) las siguientes medidas:

  • El tipo renta sufre de nuevo el impacto de un complemento de la cuota íntegra estatal, que va del 0,75 al 7%, según el nivel de dicha cuota íntegra.
  • Los empresarios individuales que mantengan su plantilla igual o superior a la media del año 2008, seguirán gozando de una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo de su actividad económica.
  • Los tipos complementarios que se han venido aplicando los últimos años, sobre la base liquidable del ahorro (intereses, dividendos, etc.), también continuarán siendo aplicados. En lugar del 19%, se aplica el 21% sobre los 6.000 euros primeros, el 25%, sobre los 18.000 euros siguientes, y el 27% sobre el resto de la base liquidable.
  • Los rendimientos de actividades profesionales también continuarán siendo objeto de una retención del 21%, mientras que los rendimientos del trabajo de los administradores y consejeros se mantendrá, un año más, en el 42%.

jueves, 9 de enero de 2014

Ampliación del plazo para acogerse al criterio de caja, en IVA

En el BOE de 30 de diciembre de 2013 se ha publicado la ampliación del plazo para poder acogerse al régimen especial de Criterio de Caja que -solamente para el ejercicio 2014- será hasta el 31 de marzo.

En efecto, para paliar los posibles inconvenientes que determinadas empresas pudieran tener en modificar sus programas informáticos, se establece un nuevo plazo, para poder acogerse al citado régimen especial.  Las empresas que hubieran ya solicitado su entrada en el régimen especial, durante el pasado mes de diciembre, no se verán afectadas por esta ampliación.  En cambio, las empresas que se acojan al régimen durante el primer trimestre de 2014, comenzarán a contabilizar las operaciones, de acuerdo con este criterio de caja, a partir del 1º de abril de 2014.

En la Circular Fiscal 1/2014 elaborada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas se incluye esta novedad junto con otras modificaciones tributarias publicadas en los últimos Reales Decretos del mes de diciembre.

También se refiere a la supresión de la posibilidad de presentar las declaraciones mensuales correspondientes a julio y agosto, durante el mes de septiembre.  A partir de este momento, se presentarán todas de forma mensual, sin excepciones (por tanto, la de julio se presentará antes del 20 de agosto).

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 1/2014

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

lunes, 30 de diciembre de 2013

Circular Fiscal: Imputación temporal de los Activos por Impuesto Diferido

Se ha modificado el Impuesto sobre Sociedades, mediante el Real Decreto-Ley 14/2013, afectando a las reglas de imputación temporal de los Activos por Impuesto Diferido.

Estas modificaciones, que se han incorporado en el Real Decreto-Ley que trata sobre las medidas de adaptación a la normativa comunitaria, en materia de supervisión y solvencia de las entidades financieras, tendrán efecto sobre los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2011, lo cual supondrá, para algunas sociedades o entidades, el tener que rectificar sus declaraciones, por Impuesto sobre Sociedades, de los ejercicios 2011 y 2012.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado una nueva Circular Fiscal en la que se detallan estas modificaciones, cuyo contenido reproducimos a continuación.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Modificaciones en las Declaraciones Tributarias para 2014

Como consecuencia de la publicación de las leyes 14/2013 y 16/2013, en el mes de octubre, cuyo contenido figura en nuestras anteriores circulares fiscales (Circular Fiscal 7/2013, Circular Fiscal 8/2013 y Circular Fiscal 9/2013), ha sido necesario proceder a la modificación de varios modelos de autoliquidaciones tributarias y reordenar los sistemas de presentación de las mismas. Todo ello se ha llevado a cabo mediante la publicación de 4 órdenes Ministeriales, durante el mes de noviembre, que a continuación reseñamos:

  • OM. 2194/2013 de 22 de noviembre, en la que se regulan los procedimientos y condiciones generales para la presentación de la mayoría de autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.
  • OM. 2206/2013 de 26 de noviembre, por la que se desarrollan para el ejercicio 2014 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA
  • OM. 2214/2013 de 20 de noviembre, por la que se modifican el contenido de los anexos de los modelos 202 y 222, del pago a cuenta de sociedades. 
  • OM. 2215/2013 de 26 de noviembre, por la que se modifica el contenido de varios impresos para incorporar la información necesaria para el control del Régimen especial del Iva de Caja, la modificación afecta a los modelos 036 y 037, modelo 303, 440 y 349.  
  

Los cambios introducidos mediante las Órdenes Ministeriales anteriores son básicamente de tipo formal y afectan sobre todo a la presentación de las declaraciones del próximo ejercicio 2014, aunque algunos cambios ya son de aplicación a partir del 1 de diciembre.

En la Circular Fiscal 10/2013 publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas, se analizan con detalle los cambios derivados de estas órdenes.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 10/2013

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Modificaciones Tributarias

Continuando con la vorágine legislativa, se acaba de publicar la Ley 16/2013, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

Además de regular el Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, se aprovecha esta Ley para modificar varios aspectos muy trascendentes para las empresas (por ejemplo, eliminando la posibilidad de deducir el deterioro de valor de la cartera), y, principalmente, para las grandes empresas (prorrogando para el 2014 y 2015 las medidas tomadas anteriormente sobre pagos fraccionados, pérdidas a compensar, fondo de comercio, etc.), con el agravante de que tales modificaciones tienen efectos para los periodos que se inicien a partir de 1º de enero de 2013, lo que afectará negativamente al resultado del ejercicio 2013.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 09/2013 en la que se comentan todas estas modificaciones.

Al fnal de esta entrada está disponible el enlace de descarga al documento completo (PDF) del que extraemos a continuación las modificaciones que deberán tenerse en cuenta sobre la contabilidad del ejercicio 2013, lo que implica dos consecuencias: una, que afectarán al cálculo del pago fraccionado a presentar el próximo 20 de diciembre (caso de grandes empresas o Pymes que se hubieran acogido al sistema basado en la Cuenta de Resultados), y dos, al resultado final del cierre a 31 de diciembre de 2013.


IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Modificaciones que afectan al Ejercicio 2013

Contratos de arrendamiento financiero.
Para no perjudicar determinados contratos de este tipo, se prorroga hasta el año 2015 la excepción al carácter constante o creciente de las cuotas de arrendamiento correspondiente a la recuperación del coste del bien.
Esta modificación se aplicará, con efectos de 1º de enero de 2012, lo que puede dar lugar a que algunas empresas puedan solicitar la rectificación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, presentada en julio de 2013.
Eliminación de la deducción en concepto de pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital de entidades que no coticen en un mercado regulado.
Entre los tipos de correcciones de valor que preveía la Ley, se hallaba el deterioro de valores. Ahora se ha derogado dicha posibilidad y ello afectará a las entidades que no coticen en un mercado regulado, así como a las del grupo, multigrupo y asociadas, en los términos de la legislación mercantil.


viernes, 11 de octubre de 2013

Reformas tributarias aplicables a empresas y profesionales


Acaba de publicarse la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, denominada "de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización".

En esta norma se dictan múltiples modificaciones legales que afectan a varias áreas del Derecho, tales como el Mercantil, Laboral, Tributario, Financiero, etc.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 07/2013 en la que se tratan los aspectos fiscales y contables de esta Ley, destacando la implantación de un nuevo régimen fiscal, en IVA, denominado "Régimen especial de criterio de caja".



El contenido de la Circular 07/2013 es el siguiente:

      1. Impuesto sobre Sociedades
          - Deducciones
          - Incentivos Fiscales

      2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
          - Exenciones
          - Incentivos
          - Deducciones

      3. Impuesto del Valor Añadido (IVA)
          - Nuevo Régimen Especial de criterio de caja
      4. Contabilidad
          - Libros oficiales
          - Cuentas Anuales
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 07/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 14 de marzo de 2013

Actualización de Balances

Tal como ya se anticipó en la Circular 2/2013, la Ley 16/2012 permite a las empresas actualizar sus activos, revalorizando todos los elementos del inmovilizado material y las inversiones inmobiliarias, incluyendo los adquiridos mediante arrendamiento financiero, siempre y cuando se haya ejercitado la opción de compra.
 
Sobre el importe de la Actualización que resulte de los cálculos que prevé la Ley, el empresario o la entidad deberán ingresar un gravamen único del 5%.
 
Esta Actualización de Balances, que es voluntaria, afectará al cierre contable a realizar en 31 de diciembre de 2012, a no ser que la sociedad cierre el balance en otra fecha distinta posterior.
 
El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado la Circular Fiscal 05/2013 en la que se exponen los puntos más importantes a tener en cuenta, enfocados desde un punto de vista práctico.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 05/2013.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.
 
 

lunes, 21 de enero de 2013

Reformas Tributarias aplicables a 2013

Con la publicación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, se han modificado diversos impuestos, que se analizan con detalle en la Circular Fiscal 02/2013 recientemente publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

La mayor parte de las modificaciones incorporadas por esta Ley (Ley de medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica) entran en vigor a partir del 1º de enero de 2013.  Sin embargo, merece la pena destacar que las operaciones relativas a la Actualización de Balances, para las empresas que se acojan a la misma, deberán ser contabilizadas a 31 de diciembre de 2012, a no ser que la sociedad cierre el balance en otra fecha distinta posterior.

Novedades tributarias más importantes, tratadas en la Circular Fiscal 02/2013:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • Supresión de la deducción por inversión en la vivienda habitual
    • Premios lo Loterías y otros juegos, que dejan de estar exentos
    • Ganancias patrimoniales especulativas
    • Retribuciones en especie: vivienda cedida a empleados
    • Reducción de rendimiento de las actividades económicas, por mantenimiento o creación de empleo
    • Nuevas tecnologías para empleados
    •  Indemnizaciones elevadas: eliminación de la reducción del 40%
    • Actualización de balances
    • Contribuyentes que pierden su residencia habitual en España
  • Impuesto sobre Sociedades
    • Limitaciones sobre los coeficientes de amortización fiscal
    • Prórroga de los tipos reducidos, por mantenimiento o creación de empleo, respecto al ejercicio 2008
    • Gastos o indemnizaciones superiores a 1.000.000 de Euros
    • Premios de loterías
    • Pagos fraccionados de las Grandes Empresas
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • Gravamen especial sobre bienes inmuebles situados en España
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 02/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 10 de enero de 2013

Comentarios a las modificaciones tributarias de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2013

En el Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2012 se publicó la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, donde se incluyen aquellas modificaciones tributarias que afectan a cambios que deben incluirse en una Ley específica, es decir, las que no suponen un cambio en el fondo de los tributos.

Presupuestos Generales del Estado 2013
Las novedades tributarias más importantes se comentan en la nueva Circular Fiscal publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas, en la que se tratan los siguientes aspectos:

  • Impuesto sobre Sociedades
    • Pagos fraccionados
    • Coeficientes de Actualización de activos inmobiliarios
  • Renta de las Personas Físicas
    • Coeficientes de Actualización del valor de adquisición
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
  • Tasas
  • Umbrales relativos a INTRASTAT
  • Interés legal del dinero e Intereses de demora
  • Interés para casos de morosidad
  • Fijación IPREM para el ejercicio 2013

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 01/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

martes, 20 de noviembre de 2012

Modificaciones Tributarias

Modificaciones Tributarias aplicables a partir del 31 de octubre de 2012

En las últimas entradas de este blog se han comentado dos importantes novedades:
 
Tal como se informó, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se expone el resto de las principales modificaciones que también aparecen en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, denominada "Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude".

El contenido de esta Circular es el siguiente:

  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
    • Nuevos supuestos en que deberá aplicarse la figura de INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO.
    • Otras modificaciones que se aplican a situaciones de declaración de concurso.
    • Modificaciones que se afectan a transmisiones de inmuebles a través de sociedades.
    • Nuevo supuesto de infracción tributaria.
  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF)
    • Nuevo supuesto de exclusión de la Estimación Objetiva, aplicable a partir del 1º de enero de 2013.
    • Ganancias patrimoniales no justificadas respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
    • Ganancias patrimoniales no justificadas, respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • LEY GENERAL TRIBUTARIA
  • LEY DEL MERCADO DE VALORES
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 09/2012.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 20 de julio de 2012

Novedades Fiscales: Cambio de tipos de IVA

En el BOE del 14 de julio se publicó el Real-Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad mediante el cual se aprueban detreminadas modificaciones fiscales de gran calado, entra las que destacan el incremento de tipos de IVA, así como el aumento del tipo de retención a profesionales y otras actividades artísticas y/o culturales.

El Departamento Fiscal de BROSA ha publicado la Circular Fiscal 07/2012 en la que se comentan estas medidas que, en su mayor parte, entrarán en vigor a partir del 1º de septiembre de 2012.

INCREMENTO DE LOS TIPOS DE IVA:
  • El tipo reducido del 8% pasa a ser del 10%
  • El tipo general del 18% pasa a ser del 21%
  • El Recargo de Equivalencia del 4% pasa a ser del 5,2%
  • El Recargo de Equivalencia del 1% pasa a ser del 1,4%
Por otra parte, determinados productos y/o servicios que estaban sujetos al tipo reducido del 8%, pasarán a tributar al tipo general:
  • Flores y plantas ornamentales
  • Servicios mixtos de hostelería, salas de fiesta y espectáculos
  • Entradas a teatros, circos y otros espectáculos
  • Actuaciones de artistas que sean persona físicas
  • Servicios funerarios
  • Servicios de peluquería
  • Servicios de televisión digital
  • Adquisición de obras de arte

AUMENTO DEL TIPO DE RETENCIÓN A PROFESIONALES:

Se aumenta, del 15% al 21%, el tipo de retención sobre los rendimientos de actividades profesionales, sobre cursos, conferencias, seminarios, etc.

 
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular desde nuestra web o, directamente, (en formato PDF) siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 07/2012.

Esta Circular también está disponible en inglés y en alemán.
 
Como siempre, quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.