viernes, 13 de enero de 2017

Modificaciones tributarias encaminadas a la lucha contra el fraude y a la modernización del IVA

En el BOE de 6 de diciembre se publicó el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Estas modificaciones persiguen mejorar el control y prevención del fraude fiscal, ya que la Administración Tributaria va a disponer, a partir del 1 de julio de 2017, de información suficiente y de calidad (y de la forma más inmediata posible).

Se crea un nuevo sistema de llevanza de libros registro de IVA, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, la cual deberá utilizarse de forma obligatoria por los empresarios y profesionales que estén obligados a presentar las liquidaciones de IVA mensualmente.

Igualmente, de forma voluntaria, podrán utilizar este nuevo sistema (que se conoce como “Suministro Inmediato de Información”: SII), el resto de contribuyentes, los cuales pasarían a realizar las liquidaciones de IVA mensualmente.


Por la complejidad que va a suponer la aplicación de estos cambios,  la mayor parte del contenido de este Real Decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2017, salvo en algunos aspectos, que serán debidamente expuestos a continuación.

Se establece un periodo, desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2017, para que pueda remitirse la información correspondiente a los seis primeros meses de 2017.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se explican estas modificaciones con detalle así como otras modificaciones que afectan al Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y al Reglamento de Facturación.

La Circular Fiscal 1/2017 está disponible para su DESCARGA eel apartado "Publicaciones" de nuestra web siguiendo este enlace directoCircular Fiscal 1/2017

jueves, 5 de enero de 2017

Modificaciones Contables diciembre 2016

En el BOE de 17 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, mediante el cual se modifican los distintos Planes de Contabilidad que se han venido utilizando hasta ahora, desde 2007.

Todo ello obedece a los cambios legislativos producidos con la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (trasposición de la Directiva 2013/34/UE), cuya finalidad era la de simplificar las obligaciones contables de las pequeñas empresas.

Los cambios más significativos afectan al tratamiento contable del Fondo de Comercio; datos que deben figuran en la Memoria; determinación de las empresas que podrán formular las Cuentas Anuales abreviadas (pero cuyos umbrales no se tendrán en cuenta, a efectos de tener o no obligación de ser auditadas), etc.

A destacar que la entrada en vigor de este Real Decreto se fijó para el día siguiente al de su publicación y que producirá efectos desde el 1 de enero de 2016, lo que supone ser de aplicación sobre el cierre contable a 31 de diciembre de 2016.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se detallan estas modificaciones.

Apartados de la Circular:
  1. Plan General de Contabilidad
    1. ¿Qué sociedades están obligadas a utilizar este PGC?
    2. No obligación de confeccionar estado de Cambios de Patrimonio Neto en Cuentas Anuales Abreviadas
    3. Cambios en la contabilización del Fondo de Comercio
    4. Modificaciones en las Memoria (Normal y Abreviada)
  2. Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas
    1. ¿Qué sociedades están obligadas a utilizar este PGC?
    2. No obligación de confeccionar estado de Cambios de Patrimonio Neto
    3. Cambios en la contabilización del Fondo de Comercio
    4. Modificaciones en la Memoria (Pymes)
  3. Otras Modificaciones
    1. Reglas acerca de la comparabilidad de ejercicios
    2. Otras Modificaciones

La Circular Fiscal 3/2016 está disponible para su DESCARGA eel apartado "Publicaciones" de nuestra web siguiendo este enlace directoCircular Fiscal 3/2016