lunes, 17 de junio de 2013

Opinión: Legitimación activa en sede CMR

El Diario Marítimas, en su edición del viernes, 14 de junio, publicó un artículo de opinión de Josep Bertrán, socio de BROSA Abogados y Economistas.
 
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 Legitimación activa en sede CMR
¿Quién está legitimado para reclamar frente al transportista por un siniestro en el transporte?: ¿el cargador o el destinatario?

Límites de esta opinión
Hoy, ceñiremos nuestro comentario al transporte terrestre internacional regido por el Convenio CMR.
 
Vamos a elaborar y verter nuestra opinión, en base a la más autorizada doctrina y a la corriente mayoritaria de nuestros Tribunales; pero eso no es óbice para que otras tesis se divulguen y sirvan de fundamento a opiniones contrarias.

Planteamiento
Por el contrato de transporte celebrado entre el cargador y el transportista, éste se compromete a entregar las mercancías al destinatario en el mismo estado en que las recibió, siendo responsable de cualquier deterioro que las mercancías sufrieren, salvo que pudiera invocarse una causa de exoneración de la responsabilidad (fuerza mayor, caso fortuito, etc). Si esa causa exoneratoria no puede invocarse, la responsabilidad se traduce en un derecho de indemnización que se calculará en función de dos parámetros:
 
          a) de la depreciación de las mercancías
          b) de las causas del incumplimiento.
 
Es importante señalar que salvo acuerdo en contrario, no existe en derecho de los transportes una «penalización » objetiva por incumplimiento, sino una indemnización por los daños producidos en las mercancías transportadas o no entregadas.
 
El problema que vamos a abordar es, ante unos daños producidos por un siniestro, quién tiene derecho a ser indemnizado: ¿el cargador o el destinatario? O dicho de otro modo: ¿tiene derecho a percibir la indemnización aquél que tiene derecho a recibir las mercancías y por el mero hecho de ser destinatario, o alternativamente, la indemnización debe pagarse a quien haya sufrido el daño patrimonial consecuencia del siniestro, es decir, el propietario de las mercancías?
 
Para una cabal exposición, debemos tener en cuenta los siguientes aspectos: