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miércoles, 23 de diciembre de 2015

Modificaciones Tributarias de la Ley de Presupuestos para 2016

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se comentan las principales modificaciones tributarias incluidas en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2016, además de recordar otras informaciones a tener en cuenta para el ejercicio 2016 y que provienen de otros cambios normativos anteriores.

En la Circular (que pueden descargar siguiendo el enlace al final de esta entrada) se comentan, entre otras, las modificaciones relacionadas con:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  • Tasas
  • Impuestos Locales
  • Interés Legal del dinero e Interés de Demora
  • etc.

Destacamos las nuevas retenciones a cuenta del IRPF, aplicables a partir del 1º de enero de 2016:

  • Retenciones sobre retribuciones de consejeros y administradores: 35%
  • Retenciones sobre retribuciones de consejeros y administradores, de entidades cuya cifra de negocios fuese inferior a 100.000 euros: 19%
  • Retenciones sobre elaboración de obras literarias, artísticas o científicas: 15%
  • Retenciones sobre rendimientos de Actividades Económicas, distintas de la cesión del derecho de imagen, actividades agrícolas, forestales o empresariales (y excluyendo las actividades profesionales): 19%
  • Retenciones sobre juegos, concursos, rifas, etc.: 19%
  • Retenciones sobre aprovechamientos forestales en montes públicos: 19%
  • Retenciones sobre rendimientos del Capital Mobiliario, excepto los derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen: 19%
  • Retenciones sobre rendimientos del Capital Inmobiliario (arrendamientos y subarrendamientos): 19%

Sin embargo, mantienen los mismos tipos los siguientes rendimientos:

  • Atrasos de rendimientos del trabajo: 15%
  • Retenciones sobre actividades profesionales: 15% (7% para los profesionales que inicien su actividad, durante el año de inicio y dos más).
  • Cursos, seminarios, conferencias, etc.: 15%
  • Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas (si se cede el derecho de explotación): 15%
  • Actividades agrícolas y ganaderas, en general: 2%
  • Actividades de engorde de porcino y avicultura: 1%
  • Actividades forestales: 2%
  • Actividades empresariales en Estimación Objetiva: 1%
  • Cesión derecho de imagen: 24%

En cuanto a las nóminas, la tabla de retenciones a partir del 1º de enero de 2016, será la siguiente:


La Circular Fiscal 12/2015 está disponible para su DESCARGA en el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 12/2015

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

     


jueves, 1 de octubre de 2015

Modificaciones Tributarias en los Reglamentos de IRPF y No Residentes

En algunas de nuestras Circulares anteriores analizábamos las modificaciones en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006).  El Reglamento del I.R.P.F., como es preceptivo, debe estar redactado acorde con su correspondiente Ley. Por ello (tras una primera fase de adaptaciones y modificaciones, en diciembre de 2014) ahora se abordan el resto de aspectos que no habían sido modificados, máxime cuando se ha llevado  cabo, en julio de 2015, otra modificación de esta Ley.

A tal efecto, mediante el Real Decreto 633/2015, de 10 de julio, se publicaron las modificaciones pendientes.  Es importante subrayar que tales modificaciones serán de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir de 1º de enero de 2015, con la excepción de los nuevos límites para poder gozar del método de estimación objetiva, los cuales entrarán en vigor a partir del 1º de enero de 2016.

En relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, también se ha aprobado la adaptación de su Reglamento, pero las modificaciones entraron en vigor a partir del 12 de julio de 2015.

A continuación señalamos algunos cambios relevantes que, junto con otros de menor trascendencia, serán tratados con más detalles en la Circular Fiscal 5/2015 que ha elaborado el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.  Al final de este texto disponen del enlace al contenido completo de la Circular.

1.- Exención sobre ganancias patrimoniales obtenidas por mayores de 65 años, por reinversión en rentas vitalicias. 
  • El plazo normal para reinvertir en rentas vitalicias el importe obtenido en la ganancia patrimonial está establecido, en principio, en 6 meses. Sin embargo, en el caso de que la ganancia patrimonial estuviera sujeta a retención, el plazo para reinvertir el importe equivalente a dicha retención se amplía hasta el final del periodo impositivo siguiente a la transmisión.
2.- Entrega de acciones a los trabajadores. 
  • Se establecen los requisitos para que se pueda gozar de la exención de los rendimientos de trabajo en especie, que deriven de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores en activo.
3.- Retribución en especie consistente en la cesión de vehículos a empleados. 
  • Estará permitido aplicar reducciones en la valoración de vehículos, cuando éstos tengan la consideración de eficientes energéticamente. Según las características del vehículo será posible reducir un 15%, 20% o 30%.
4.- Aumento del límite máximo de los rendimientos, para no tener que presentar declaración de Renta. 
  • Se incrementa de 11.200 a 12.000 euros dicho límite, para el caso de que se obtengan rentas de varios pagadores, o también cuando no exista obligación de retener, en caso de tratarse de pensiones compensatorias, etc.

En la Circular Fiscal 5/2015 encontrarán una relación detallada de todas las modificaciones en este Reglamento y en el de la Renta de No Residentes.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 5/2015

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 16 de julio de 2015

Modificaciones tributarias urgentes: cambios en los tipos de retención

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 11 de julio se ha publicado el Real-Decreto Ley 9/2015, de 10 de julio, que se autodenomina: “medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico”. 

De hecho, se adelantan unos 5 meses algunas de las modificaciones que deberían de haber entrado en vigor a partir del próximo año 2016. En particular, las medidas adoptadas en este Real-Decreto Ley entran en vigor a partir del 12 de julio del 2015.

A continuación resumimos los cambios más relevantes, que comentamos con más detalle en la Circular Fiscal 3/2015 publicada esta semana por el departamento Fiscal de Brosa Abogados y Economistas.

Impuesto sobre Sociedades
Reducción de las retenciones e ingresos a cuenta, que se fijan en 19,50% (en lugar del 20%) a partir del 12 de julio de 2015.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Se anticipa la escala general que estaba prevista para 2016, que tendrá efectos desde primero de enero de 2015.  Según los tramos marginales, los tipos pueden ser objeto de una reducción de medio punto o de un punto.  (Consultar los detalles en la Circular Fiscal 3/2015).

También se ven reducidas las retenciones sobre el trabajo personal, según la siguiente tabla:


En relación con los pagos realizados a autónomos, a partir del 12 de julio las retenciones pasan a ser del 15% (en lugar del 19% actual).  Cuando se trate de autónomos con menos de tres años de actividad, el tipo será del 7% (en lugar del 9%).  No se modifican los tipos de retención para las actividades agrícolas, ganaderas o forestales, ni los aplicables a determinados empresarios en Estimación Objetiva.

Del mismo modo, las retenciones aplicables a pagos por haber impartido seminarios y otros cursos, así como por la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas se reduce también al 15%.

Finalmente, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes se ve rebajado en medio punto, quedando fijado en el 19,50%.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 3/2015.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.



lunes, 12 de enero de 2015

Modificaciones Tributarias de la Ley de Presupuestos para 2015

En el BOE de 30 de diciembre de 2014, se ha publicado la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, para el año 2015, donde se incluyen aquellas modificaciones tributarias que afectan a cambios que deben incluirse en una Ley específica, es decir, las que no suponen un cambio en el fondo de los tributos.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Entre los aspectos a destacar señalamos la prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio para 2015 y la bonificación del 100% a partir del 1 de enero de 2016, así como la rebaja de medio punto en el interés legal del dinero, que queda establecido en 3,50% para 2015 y en 4,375% para el interés de demora.

En nuestras últimas circulares fiscales del mes de diciembre (Circular Fiscal 8/2014 y Circular Fiscal 9/2014) ya analizamos los cambios en el Impuesto de Sociedades y el IRPF.  El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado una nueva Circular Fiscal en la que se comenta, además de lo señalado en el párrafo anterior, otros apartados que no han variado, como el tipo de interés de morosidad y los umbrales intracomunitarios.

Las novedades tributarias más importantes son las que comentamos a continuación:
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
  • Tasas
  • Umbrales relativos a INTRASTAT
  • Interés legal del dinero e interés de demora
  • Interés para casos de morosidad
  • Fijación IPREM para 2015

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 1/2015

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.


jueves, 18 de diciembre de 2014

Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Tras la Circular Fiscal 6/2014 sobre la Reforma del IRPF y la Circular Fiscal 7/2014 sobre la Reforma del IVA, y en el marco de la Reforma Fiscal que entrará en vigor en 2015, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal, en la que se tratan las principales novedades del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


Entre las modificaciones aprobadas destaca la variación de lo tipos de retención aplicables a las diferentes categorías de renta: trabajo, alquileres, préstamos,...  La modificación se producirá de forma escalonada entre el 2015 y el 2016. 

En todos los casos la modificación actual representará un menor porcentaje de retención aplicable a las rentas devengadas a partir del 1 de enero de 2015.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 8/2014.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 5 de diciembre de 2014

Reforma del IRPF. Novedades para el ejercicio 2015

Finalmente, en el BOE del 28 de noviembre se han publicado las leyes que forman parte de la Reforma Fiscal.  La aplicación de la mayoría de las modificaciones se realizará en el ejercicio 2015, aunque algunas medidas se aplican ya en 2014 y otras se aplicarán en 2016 y 2017.

Las leyes publicadas son tres:
  • Ley 26/2014 de 27 de noviembre por la que se modifica la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en este caso se deroga el RDL 4/2004 de 5 de marzo,  del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
  • Ley 28/2014 de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Debido a la importancia de las modificaciones y a la urgencia de la toma de decisiones antes de que finalice 2014, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado la Circular Fiscal 06/2014 que trata exclusivamente las modificaciones realizadas en la Ley 26/2014 que afecta al IRPF.  Con posterioridad se remitirá una Circular para las modificaciones de IVA y otra para las del Impuesto sobre Sociedades, de aplicación a partir del mes de enero de 2015.

En esta Circular 06/2014 se analizan los modificaciones de IRPF que afectan a:
  • Rendimientos del Trabajo
  • Rendimientos de Capital Mobiliario
  • Ganancias y Pérdidas Patrimoniales
  • Rendimientos de Capital Inmobiliario
  • Rendimientos de Actividades Económicas
  • Aportaciones a Planes de Pensiones
  • Reducción de Tipos Impositivos

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 6/2014.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 11 de julio de 2014

Medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia (Real Decreto-Ley 8/2014)

En el BOE del sábado 5 de julio, se publicó el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, denominado “medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia”.

Entre las modificaciones tributarias que contempla, destacan las siguientes:
  • Exención de la ganancia patrimonial que pudiera ponerse de manifiesto como consecuencia de la dación en pago o de un procedimiento de ejecución hipotecaria que afecte a la vivienda habitual.
  • Compensación de rentas negativas de determinados productos financieros, tales como las participaciones preferentes.
  • Retención del 15% para determinados profesionales que facturen menos de 15.000 euros anuales
  • Nuevo gravamen sobre los depósitos bancarios.

Todas ellas se comentan con detalle en la nueva Circular Fiscal 5/2014 publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 5/2014.  

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 16 de enero de 2014

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014

Como cada año, la Ley de Presupuestos del Estado contempla determinadas modificaciones de índole tributaria, entra las que destacamos la cantidad de medidas que han sido prorrogadas para el año 2014.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 2/2014 cuyo contenido transcribimos a continuación.  Pueden acceder al contenido completo de la Circular pulsando sobre el enlace al documento (PDF) al final de esta entrada.



1.- IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Pagos Fraccionados
Se mantienen los mismos tipos que se han venido aplicando durante el 2013.
Par el cálculo de los pagos a cuenta deberán tenerse en cuenta las limitaciones previstas en la legislación vigente.

Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo.
Se prorroga un año más el tipo reducido del 20% para las Pymes que facturen menos de 5.000.000 de euros, con plantilla inferior a 25 empleados, siempre y cuando mantengan o amplíen su plantilla, en comparación con la media del ejercicio 2008.

Incentivos al mecenazgo.
Se pasa al 40%, en lugar del 35%, el porcentaje de beneficio fiscal por determinados donativos o donaciones.

Deducción como gastos de formación.
Se prorroga la deducción relativa a gastos e inversiones para habituar a los trabajadores en nuevas tecnologías, en concreto, la utilización de Internet en sus domicilios respectivos.

2.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones de inmuebles.
Cuando las personas físicas transmitan inmuebles, no afectos a actividades económicas, el coste de adquisición de dicho bien puede ser incrementado, aplicando los coeficientes según el año de compra del inmueble (Ver tabla en la Circular 2/2014 o pulsando aquí).

Prórroga de medidas temporales.
Para el año 2014, seguirán en vigor (y, por tanto, prorrogadas) las siguientes medidas:

  • El tipo renta sufre de nuevo el impacto de un complemento de la cuota íntegra estatal, que va del 0,75 al 7%, según el nivel de dicha cuota íntegra.
  • Los empresarios individuales que mantengan su plantilla igual o superior a la media del año 2008, seguirán gozando de una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo de su actividad económica.
  • Los tipos complementarios que se han venido aplicando los últimos años, sobre la base liquidable del ahorro (intereses, dividendos, etc.), también continuarán siendo aplicados. En lugar del 19%, se aplica el 21% sobre los 6.000 euros primeros, el 25%, sobre los 18.000 euros siguientes, y el 27% sobre el resto de la base liquidable.
  • Los rendimientos de actividades profesionales también continuarán siendo objeto de una retención del 21%, mientras que los rendimientos del trabajo de los administradores y consejeros se mantendrá, un año más, en el 42%.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Modificaciones en las Declaraciones Tributarias para 2014

Como consecuencia de la publicación de las leyes 14/2013 y 16/2013, en el mes de octubre, cuyo contenido figura en nuestras anteriores circulares fiscales (Circular Fiscal 7/2013, Circular Fiscal 8/2013 y Circular Fiscal 9/2013), ha sido necesario proceder a la modificación de varios modelos de autoliquidaciones tributarias y reordenar los sistemas de presentación de las mismas. Todo ello se ha llevado a cabo mediante la publicación de 4 órdenes Ministeriales, durante el mes de noviembre, que a continuación reseñamos:

  • OM. 2194/2013 de 22 de noviembre, en la que se regulan los procedimientos y condiciones generales para la presentación de la mayoría de autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.
  • OM. 2206/2013 de 26 de noviembre, por la que se desarrollan para el ejercicio 2014 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA
  • OM. 2214/2013 de 20 de noviembre, por la que se modifican el contenido de los anexos de los modelos 202 y 222, del pago a cuenta de sociedades. 
  • OM. 2215/2013 de 26 de noviembre, por la que se modifica el contenido de varios impresos para incorporar la información necesaria para el control del Régimen especial del Iva de Caja, la modificación afecta a los modelos 036 y 037, modelo 303, 440 y 349.  
  

Los cambios introducidos mediante las Órdenes Ministeriales anteriores son básicamente de tipo formal y afectan sobre todo a la presentación de las declaraciones del próximo ejercicio 2014, aunque algunos cambios ya son de aplicación a partir del 1 de diciembre.

En la Circular Fiscal 10/2013 publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas, se analizan con detalle los cambios derivados de estas órdenes.

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 10/2013

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Modificaciones Tributarias

Continuando con la vorágine legislativa, se acaba de publicar la Ley 16/2013, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

Además de regular el Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, se aprovecha esta Ley para modificar varios aspectos muy trascendentes para las empresas (por ejemplo, eliminando la posibilidad de deducir el deterioro de valor de la cartera), y, principalmente, para las grandes empresas (prorrogando para el 2014 y 2015 las medidas tomadas anteriormente sobre pagos fraccionados, pérdidas a compensar, fondo de comercio, etc.), con el agravante de que tales modificaciones tienen efectos para los periodos que se inicien a partir de 1º de enero de 2013, lo que afectará negativamente al resultado del ejercicio 2013.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 09/2013 en la que se comentan todas estas modificaciones.

Al fnal de esta entrada está disponible el enlace de descarga al documento completo (PDF) del que extraemos a continuación las modificaciones que deberán tenerse en cuenta sobre la contabilidad del ejercicio 2013, lo que implica dos consecuencias: una, que afectarán al cálculo del pago fraccionado a presentar el próximo 20 de diciembre (caso de grandes empresas o Pymes que se hubieran acogido al sistema basado en la Cuenta de Resultados), y dos, al resultado final del cierre a 31 de diciembre de 2013.


IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Modificaciones que afectan al Ejercicio 2013

Contratos de arrendamiento financiero.
Para no perjudicar determinados contratos de este tipo, se prorroga hasta el año 2015 la excepción al carácter constante o creciente de las cuotas de arrendamiento correspondiente a la recuperación del coste del bien.
Esta modificación se aplicará, con efectos de 1º de enero de 2012, lo que puede dar lugar a que algunas empresas puedan solicitar la rectificación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, presentada en julio de 2013.
Eliminación de la deducción en concepto de pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital de entidades que no coticen en un mercado regulado.
Entre los tipos de correcciones de valor que preveía la Ley, se hallaba el deterioro de valores. Ahora se ha derogado dicha posibilidad y ello afectará a las entidades que no coticen en un mercado regulado, así como a las del grupo, multigrupo y asociadas, en los términos de la legislación mercantil.


viernes, 11 de octubre de 2013

Reformas tributarias aplicables a empresas y profesionales


Acaba de publicarse la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, denominada "de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización".

En esta norma se dictan múltiples modificaciones legales que afectan a varias áreas del Derecho, tales como el Mercantil, Laboral, Tributario, Financiero, etc.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado la Circular Fiscal 07/2013 en la que se tratan los aspectos fiscales y contables de esta Ley, destacando la implantación de un nuevo régimen fiscal, en IVA, denominado "Régimen especial de criterio de caja".



El contenido de la Circular 07/2013 es el siguiente:

      1. Impuesto sobre Sociedades
          - Deducciones
          - Incentivos Fiscales

      2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
          - Exenciones
          - Incentivos
          - Deducciones

      3. Impuesto del Valor Añadido (IVA)
          - Nuevo Régimen Especial de criterio de caja
      4. Contabilidad
          - Libros oficiales
          - Cuentas Anuales
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 07/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

lunes, 21 de enero de 2013

Reformas Tributarias aplicables a 2013

Con la publicación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, se han modificado diversos impuestos, que se analizan con detalle en la Circular Fiscal 02/2013 recientemente publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

La mayor parte de las modificaciones incorporadas por esta Ley (Ley de medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica) entran en vigor a partir del 1º de enero de 2013.  Sin embargo, merece la pena destacar que las operaciones relativas a la Actualización de Balances, para las empresas que se acojan a la misma, deberán ser contabilizadas a 31 de diciembre de 2012, a no ser que la sociedad cierre el balance en otra fecha distinta posterior.

Novedades tributarias más importantes, tratadas en la Circular Fiscal 02/2013:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • Supresión de la deducción por inversión en la vivienda habitual
    • Premios lo Loterías y otros juegos, que dejan de estar exentos
    • Ganancias patrimoniales especulativas
    • Retribuciones en especie: vivienda cedida a empleados
    • Reducción de rendimiento de las actividades económicas, por mantenimiento o creación de empleo
    • Nuevas tecnologías para empleados
    •  Indemnizaciones elevadas: eliminación de la reducción del 40%
    • Actualización de balances
    • Contribuyentes que pierden su residencia habitual en España
  • Impuesto sobre Sociedades
    • Limitaciones sobre los coeficientes de amortización fiscal
    • Prórroga de los tipos reducidos, por mantenimiento o creación de empleo, respecto al ejercicio 2008
    • Gastos o indemnizaciones superiores a 1.000.000 de Euros
    • Premios de loterías
    • Pagos fraccionados de las Grandes Empresas
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • Gravamen especial sobre bienes inmuebles situados en España
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 02/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

jueves, 10 de enero de 2013

Comentarios a las modificaciones tributarias de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2013

En el Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2012 se publicó la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, donde se incluyen aquellas modificaciones tributarias que afectan a cambios que deben incluirse en una Ley específica, es decir, las que no suponen un cambio en el fondo de los tributos.

Presupuestos Generales del Estado 2013
Las novedades tributarias más importantes se comentan en la nueva Circular Fiscal publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas, en la que se tratan los siguientes aspectos:

  • Impuesto sobre Sociedades
    • Pagos fraccionados
    • Coeficientes de Actualización de activos inmobiliarios
  • Renta de las Personas Físicas
    • Coeficientes de Actualización del valor de adquisición
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
  • Tasas
  • Umbrales relativos a INTRASTAT
  • Interés legal del dinero e Intereses de demora
  • Interés para casos de morosidad
  • Fijación IPREM para el ejercicio 2013

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 01/2013.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

martes, 20 de noviembre de 2012

Modificaciones Tributarias

Modificaciones Tributarias aplicables a partir del 31 de octubre de 2012

En las últimas entradas de este blog se han comentado dos importantes novedades:
 
Tal como se informó, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se expone el resto de las principales modificaciones que también aparecen en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, denominada "Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude".

El contenido de esta Circular es el siguiente:

  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
    • Nuevos supuestos en que deberá aplicarse la figura de INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO.
    • Otras modificaciones que se aplican a situaciones de declaración de concurso.
    • Modificaciones que se afectan a transmisiones de inmuebles a través de sociedades.
    • Nuevo supuesto de infracción tributaria.
  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF)
    • Nuevo supuesto de exclusión de la Estimación Objetiva, aplicable a partir del 1º de enero de 2013.
    • Ganancias patrimoniales no justificadas respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
    • Ganancias patrimoniales no justificadas, respecto de bienes o derechos situados en el extranjero.
  • LEY GENERAL TRIBUTARIA
  • LEY DEL MERCADO DE VALORES
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 09/2012.
 
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

viernes, 20 de julio de 2012

Novedades Fiscales: Cambio de tipos de IVA

En el BOE del 14 de julio se publicó el Real-Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad mediante el cual se aprueban detreminadas modificaciones fiscales de gran calado, entra las que destacan el incremento de tipos de IVA, así como el aumento del tipo de retención a profesionales y otras actividades artísticas y/o culturales.

El Departamento Fiscal de BROSA ha publicado la Circular Fiscal 07/2012 en la que se comentan estas medidas que, en su mayor parte, entrarán en vigor a partir del 1º de septiembre de 2012.

INCREMENTO DE LOS TIPOS DE IVA:
  • El tipo reducido del 8% pasa a ser del 10%
  • El tipo general del 18% pasa a ser del 21%
  • El Recargo de Equivalencia del 4% pasa a ser del 5,2%
  • El Recargo de Equivalencia del 1% pasa a ser del 1,4%
Por otra parte, determinados productos y/o servicios que estaban sujetos al tipo reducido del 8%, pasarán a tributar al tipo general:
  • Flores y plantas ornamentales
  • Servicios mixtos de hostelería, salas de fiesta y espectáculos
  • Entradas a teatros, circos y otros espectáculos
  • Actuaciones de artistas que sean persona físicas
  • Servicios funerarios
  • Servicios de peluquería
  • Servicios de televisión digital
  • Adquisición de obras de arte

AUMENTO DEL TIPO DE RETENCIÓN A PROFESIONALES:

Se aumenta, del 15% al 21%, el tipo de retención sobre los rendimientos de actividades profesionales, sobre cursos, conferencias, seminarios, etc.

 
 
Pueden acceder al contenido completo de la Circular desde nuestra web o, directamente, (en formato PDF) siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 07/2012.

Esta Circular también está disponible en inglés y en alemán.
 
Como siempre, quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

martes, 29 de mayo de 2012

Novedades Tributarias (II): Regularización fiscal de bienes o derechos no declarados

Con esta segunda entrega, finalizamos el análisis de lo expuesto en la Circular Fiscal 05/2012 publicada recientemente por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

Si en el primer post comentábamos las novedades que afectan al Impuesto sobre Sociedades, en este vamos a tratar el resto del contenido de la Circular, en especial lo que afecta a la regularización fiscal de bienes no declarados.

Recordamos que pueden acceder al contenido completo de la Circular desde nuestra web o, directamente, (en formato PDF) siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 05/2012.

1.- REGULARIZACION FISCAL DE BIENES O DERECHOS NO DECLARADOS.

Esta novedad tributaria afecta al Impuesto sobre Sociedades, I.R.P.F., e Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Se trata de la posibilidad de presentar, antes del 30 de noviembre de 2012, una declaración tributaria especial, ingresando el 10% sobre el importe de los bienes o derechos que no se correspondan con las rentas declaradas en dichos impuestos, siempre que hubieran sido titulares de tales bienes o derechos antes del 31 de diciembre de 2010 (exceptuándose las sociedades que cierren su ejercicio en otra fecha, así como algunas rentas de No Residentes).

La base imponible consistirá en el importe o valor de adquisición de los bienes o derechos que se afloren. Esta declaración no conllevará la exigibilidad de sanciones, intereses ni recargos.

No podrán beneficiarse de esta normativa especial los contribuyentes que hubieran recibido (antes de presentar esta declaración especial) una notificación de la Administración tributaria tendente a la determinación de las deudas tributarias pertinentes.

Por parte de la mayoría de asesores fiscales, se está solicitando la necesidad de conocer más en detalle la forma de aplicar esta regularización fiscal y sus consecuencias, puesto que se plantean muchas dudas (seguramente la disposición o disposiciones legales que seguirán al Real Decreto-Ley aportarán más luz).

De momento, se ha filtrado el borrador de una Orden Ministerial, que sin duda aportará bastante información. Cuando se publique, será objeto de comentario en una nueva Circular.

No debe olvidarse, por otra parte, que esta regularización se refiere solamente a tres impuestos, quedando fuera otros de suma importancia, tales como el Impuesto de Patrimonio, el Impuesto sobre el Valor Añadido, etc.

Novedades Fiscales (I): Impuesto sobre Sociedades


El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha elaborado una nueva Circular Fiscal que recoge las novedades tributarias publicadas recientemente mediante el Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo (que introduce medidas dirigidas a la reducción del déficit público), el Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril (medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo), y el Real Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo (sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero). 

Pueden acceder al contenido completo de la Circular desde nuestra web o, directamente, (en formato PDF) siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 05/2012.

En este primer post vamos a comentar las novedades que afectan al Impuesto sobre Sociedades, dejando para el segundo post, las que afectan a la regularización fiscal de bienes no declarados y a otros impuestos (com el IRPF).

NOVEDADES RELATIVAS AL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

1.- Pago fraccionado mínimo para grandes empresas.
Durante dos años (normalmente, para los ejercicios 2012 y 2013, si se cierre la contabilidad a 31 de diciembre), cuando la cifra de negocios de una empresa sea al menos de 20 millones de euros anuales, el importe de los pagos fraccionados no podrá ser inferior al 8% del resultado positivo que se obtenga de la Cuenta de Resultados, deduciendo las bases imponibles negativas (teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en el R. Decreto-Ley 9/2011). Estos cálculos se realizarán a 31 de marzo, 30 de septiembre y 30 de noviembre (caso de cerrar el ejercicio en 31 de diciembre de cada año).

Ahora bien, el porcentaje podrá ser del 4% si se da la circunstancia de que, al menos, el 85% de sus ingresos provienen de rentas exentas del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (exención para evitar la doble imposición internacional sobre dividendos) o del artículo 22 (exención de rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente), o en caso de que pueda aplicarse la deducción del art. 30.2 (deducción para evitar la doble imposición interna, tanto por dividendos como por plusvalías).

Estas normas deberán ser aplicadas, a partir de mayo de 2012.

En un segundo Real Decreto-Ley, se ha tenido que publicar una modificación de la norma, a fin de establecer matizaciones para el caso de que el periodo impositivo no coincida con el año natural.

miércoles, 4 de enero de 2012

Modificaciones tributarias promulgadas a través del Real Decreto-Ley 20/2011

El 31 de diciembre de 2011, se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

El nuevo Gobierno de España ha aprobado este Real Decreto-Ley, que será posteriormente convalidado en el Parlamento, con el propósito de "reducir de carácter inmediato el desequilibrio presupuestario en más de un punto porcentual del Producto Interior Bruto".  En él se incluyen determinadas medidas urgentes, en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, el cual entrará en vigor a partir del 1º de enero de 2012.

El Departamento Fiscal de BROSA ha elaborado una nueva Circular Fiscal en la que se comentan las principales modificaciones que afectan a la fiscalidad de las empresas:
  • Impuesto sobre Sociedades
    • Pagos fraccionados
    • Reducción de tipos, por mantenimiento o creación de empleo
    • Deducción por gastos de formación
    • Tipos de retención
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    • Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal
    • Forma de calcular las retenciones a cuenta del IRPF, aplicables en 2012 sobre las nóminas
    • Rentas de ahorro: Cuotas íntegras aplicables a la declaración de la Renta de 2012 (a presentar en 2013)
    • Tipo de retención a cuenta del I.R.P.F, sobre rentas del capital mobiliario
    • Tipo de retención a cuenta del I.R.P.F., sobre rentas del capital inmobiliario
    • Tipo de retención sobre rendimientos relativos a la cesión del derecho a la explotación de la imagen
    • Tipo de retención sobre otras rentas
    • Tipo de retención aplicable a los Consejeros
    • Deducción por inversión en vivienda habitual
    • Reducción del rendimiento neto de las actividades económicas, por mantenimiento o creación de empleo
    • Prórroga de los incentivos fiscales respecto a los Gastos e Inversión para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • Tipos de gravamen
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
    • Tipo reducido del 4%
  • Tributos Locales
    • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Tasas
Como excepción, la deducción por inversión en vivienda habitual tendrá vigencia con carácter retoractivo, desde el 1º de enero de 2011.

Puede acceder al contenido completo de la Circular desde nuestra web o, directamente, (en formato PDF) siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 01/2012.

miércoles, 13 de julio de 2011

Nueva exención, en el IRPF, para estimular la actividad económica.

El 7 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

Entre las diversas modificaciones legales que se han introducido, destaca la que tiene por finalidad el estímulo de la actividad económica y, en especial, de los proyectos empresariales innovadores, con el objetivo de incentivar la creación de empresas, para avanzar en el cambio de modelo productivo y la generación de empleo.

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado una nueva Circular Fiscal en la que se recogen los supuestos de exención para las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.

En el apartado Publicaciones de nuestra web encontrará el contenido completo (PDF) de la Circular: Circular Fiscal 03/2011.

martes, 18 de enero de 2011

Modificaciones tributarias que afectan a los reglamentos de IVA, Renta y Renta de No Residentes

Con motivo de haberse publicado varias Leyes durante el pasado mes de diciembre, ahora se hace necesario adaptar los Reglamentos de los distintos impuestos que se han visto afectados. Es por ello que se han aprobado dos Reales Decretos: el R.D. 1788/2010 y el R.D. 1789/2010.

Entre las modificaciones que merecen destacarse, destaca la supresión de la obligatoriedad de emitir una autofactura, relacionada con las facturas de servicios recibidos de proveedores extranjeros (operación conocida como “inversión del sujeto pasivo”).

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha emitido, con este motivo, la primera Circular Fiscal de 2011 en la que se tratan éstas y otras modificaciones de relevancia que afectan a los Reglamentos de IVA, Renta y Renta de No Residentes.

1. IMPUESTO SOBRE EL IVA.:
Modificación de la base imponible, por impago de la factura por parte del cliente.

Entre los requisitos que se exigen, para poder recuperar las cuotas de IVA repercutido, que constan en las facturas impagadas, se simplifica un trámite.

En efecto, se exigía que se acreditase haber instado el cobro del crédito, mediante una reclamación judicial al deudor. A partir de ahora, bastará justificar que se ha enviado un requerimiento notarial, reclamando la deuda al cliente.

En el caso de créditos adeudados por Entes públicos, se requerirá aportar un certificado expedido por el órgano competente del Ente público deudor.

(continúa...)

Pulse aquí para acceder al contenido completo de la Circular (en PDF).

Circular Fiscal 01/2011