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martes, 25 de marzo de 2014

Modelo 720: Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos situados en el Extranjero


En nuestra Circular 4/2013 se expusieron los puntos principales a tener en cuenta, para poder preparar y presentar la declaración, según Modelo 720, en relación con los bienes y derechos que las personas residentes en España tengan en el extranjero.

Fue durante el mes de abril de 2013 cuando, por primera vez, se presentaron las declaraciones sobre bienes y derechos en el extranjero.

Transcurrido un año, ahora es necesario analizar en qué casos se deberán actualizar, en su caso, dichas declaraciones.

En esta nueva Circular publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas se tratan los siguientes temas:

  • ¿Qué bienes deben declararse?
  • Plazo de presentación de la declaración
  • ¿Qué deberán hacer los contribuyentes que ya presentaron su primera declaración en 2013?

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (PDF) desde el apartado Publicacines de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 4/2014.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta sobre el tema.

jueves, 21 de febrero de 2013

Modelo 720: plazo de presentación hasta el 30 de abril de 2013

Modelo 720: declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

El plazo de presentación de la declaración será del 1 de enero al 31 de marzo de cada ejercicio, excepto la presentación del ejercicio 2012 que se realizará entre el 1 de febrero y el 30 de abril del 2013.


Con fecha 31 de enero se han publicado en el BOE varias Ordenes Ministeriales que aprueban nuevos impresos para cumplir con las obligaciones fiscales que se derivan de los últimos cambios legislativos de final de año.
  • Se aprueban los Modelos 230 y 136 para realizar el ingreso de la retención del Gravamen especial sobre los premios de de determinadas loterías y apuestas. 
  • Se aprueba el Modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, prevista en la Ley 7/2012 de 29 de octubre. 
El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha publicado la Circular Fiscal 04/2013 en la que se indican los puntos más relevantes del Modelo 720, como continuación a los comentarios realizados en nuestra Circular Fiscal 08/2012 del mes de Noviembre.

Recordemos que es obligatorio presentar esta declaración cuando se disponga de:

    • Cuentas de entidades financieras situadas en el extranjero.
    • Bienes Inmuebles y derechos sobre los mismos situados en el extranjero.
    • Valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.

En la Circular Fiscal 04/2013 se analizan los siguientes aspectos:

    • ¿Qué bienes deben declararse?
    • ¿Quién debe presentar la declaración?
    • Plazo de presentación
    • Exclusiones
    • Contenido de la información a facilitar
    • Sanciones

Recuerden que pueden descargar la Circular completa, en formato PDF, desde nuestra web: www.brosa.es y que quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.