martes, 17 de noviembre de 2015

Reforma de la Ley General Tributaria (III)

Presentamos la tercera entrega de nuestra Circular Fiscal en la que estamos tratando la reforma de la Ley General Tributaria atendiendo a su modificación mediante la Ley 34/2015, de 21 de septiembre.

En esta ocasión abordaremos el título V, denominado “Revisión en vía administrativa”, y en el que se regula el bloque normativo relacionado con las reclamaciones económico-administrativas. Los objetivos que pretende la reforma son tanto la agilización de las actuaciones de los Tribunales Económico-administrativos (por ejemplo, promoviendo la utilización de medios electrónicos), como la reducción de la litigiosidad (anticipando el sistema de establecimiento de la doctrina de los Tribunales, clarificando aspectos dudosos, etc.).

La entrada en vigor de estas modificaciones se ha producido el día 12 de octubre de 2015, con el bien entendido que la mayoría de cambios de esta Ley serán aplicables a las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan, a partir de dicha fecha. Respecto a los expedientes actualmente en trámite, solamente se verán afectados en algunos aspectos, tales como la solicitud de suspensión.

En próximas Circulares se tratará sobre las modificaciones concernientes a los títulos VI (Delito contra la Hacienda Pública) y VII (Recuperación de ayudas de Estado).

La Circular Fiscal 9/2015 está disponible para su DESCARGA en el apartado "Publicaciones" de nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 9/2015

La Circular consta de los siguientes apartados:
  1. Nuevas competencias que se atribuyen al Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC).
  2. Nuevas competencias que se atribuyen a los Tribunales Económico-Administrativos Regionales .
  3. Modificaciones en materia de acumulación.
  4. Presunción de representación voluntaria.
  5. Notificaciones a los reclamantes: medios electrónicos.
  6. Costas que podrán exigirse en un nuevo supuesto.
  7. Silencio administrativo.
  8. Interposición de la reclamación a través de sede electrónica.
  9. Puesta de manifiesto y recepción de alegaciones, por medios electrónicos.
  10. Extensión de la revisión en vía económico-administrativa.
  11. Vinculación de las resoluciones de los Tribunales.
  12. Autofacturación.
  13. Recurso de alzada ordinario y posible suspensión de la ejecución de la resolución, solicitada por órganos de la Administración.
  14. Recurso de anulación.
  15. Recurso contra la ejecución.
  16. Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio.
  17. Recurso extraordinario de revisión.
  18. Procedimiento abreviado.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.

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