Como continuación a nuestra Circular 05/2010, el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha ublicado una nueva Circular que pretende ampliar y comentar los aspectos prácticos, en relación con las notificaciones obligatorias por medios electrónicos.
Mediante el Real decreto 1363/2010, de 29 de octubre, se regula el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias, que consiste en que determinadas personas y entidades, están obligadas a recibir por medios electrónicos (Internet) las comunicaciones y notificaciones que les realice la AEAT por esta vía.
Para ello se crea la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), en la que se recibirán por vía telemática las notificaciones administrativas que pueda practicar la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
En el apartado Publicaciones de nuestra web encontrará el contenido completo (PDF) de la Circular: Circular Fiscal 02/2011.
El acceso a las notificaciones electrónicas de realiza desde el portal 060.es del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública:
https://notificaciones.060.es/
Mediante el Real decreto 1363/2010, de 29 de octubre, se regula el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias, que consiste en que determinadas personas y entidades, están obligadas a recibir por medios electrónicos (Internet) las comunicaciones y notificaciones que les realice la AEAT por esta vía.
Para ello se crea la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), en la que se recibirán por vía telemática las notificaciones administrativas que pueda practicar la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
En el apartado Publicaciones de nuestra web encontrará el contenido completo (PDF) de la Circular: Circular Fiscal 02/2011.
El acceso a las notificaciones electrónicas de realiza desde el portal 060.es del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública:
https://notificaciones.060.es/
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