martes, 29 de marzo de 2011

Celebrado el primer encuentro ECUWI

Una nueva iniciativa para conectar los ámbitos empresariales, culturales y de ciencia en Barcelona


Ayer lunes, 28 de marzo, tuvo lugar en el Hotel Mandarin Oriental de Barcelona por primera vez ECUWI, un evento que nace con el propósito de enlazar conocimientos, generar oportunidades, intercambiar experiencias, compartir iniciativas y fomentar contactos entre empresas, instituciones oficiales y culturales, así como centros educativos (universidades, escuelas superiores, etc.) de Barcelona.

¿Qué es ECUWI? Con el propósito de reunir no solo instituciones locales, el nombre ECUWI se creó de las iniciales de los conceptos ECONOMY - CULTURA - WISSENSCHAFT (ciencia) en los diferentes idiomas de los participantes de ECUWI, los cuales tienen su origen en diferentes partes de Europa pero han elegido a Barcelona como sede de sus actividades empresariales, culturales e institucionales.

Contamos con la presencia de representantes de multinacionales, directivos de instituciones, escritores, artistas, etc. Con ello ECUWI pretende dar un impulso a la participación para promover el valor de compartir conocimientos globales y conectar sensibilidades con Barcelona como punto de partida.

En el primer evento los participantes tuvieron la posibilidad de disfrutar de la audición del artista de guitarra flamenca Dani Figueras, que presentó algunas piezas de su nueva obra. http://www.danielfigueras.com


Idea y realización de ECUWI: BROSA Abogados y Economistas

Con la colaboración de:

 

viernes, 25 de febrero de 2011

INCOTERMS 2010

Los diez años de vigencia de los INCOTERMS 2000 –y 20, desde los INCOTERMS 1990- no han servido para que los operadores del comercio internacional hayan modificado sus rutinas. Siguen empleando ExWorks, cuando el vendedor pretende entregar en su casa, sin asumir responsabilidad alguna en el transporte; siguen empleando FOB, cuando no quieren contratar el transporte principal; siguen empleando CIF cuando compran en el extranjero. Estos términos les han parecido los más adecuados y seguros. Pero ¿es así? A nuestro entender, no.

Josep Bertrán, director del Departamento de Derecho Marítimo y del Transporte de BROSA Abogados y Economistas, ha publicado en el Diario Marítimas un artículo de opinión titulado "Los nuevos Incoterms 2010" en el que comenta las recientes novedades sobre las condiciones de entrega de las mercancías.


Josep Bertrán ha participado como ponente en diversas jornadas informativas sobre las nuevas reglas Incoterms 2010:



Jornada Incoterms 23/02/2011

martes, 1 de febrero de 2011

El Club del Transitario Marítimo presenta su programa de actividades

Publicado en el Diario Marítimas el 31/01/2011:

"La Junta Directiva del Club del Transitario Marítimo presentó el jueves 27 de enero en Barcelona, la IV edición de la Calçotada que organiza anualmente y que en esta ocasión se celebrará el próximo 25 de febrero, con la disposición de ocho patrocinadores: la Autoridad Portuaria de Barcelona, Wallenius Wilhelmsen Logistics, Mediterranean Shipping Co., OEA Consultores/Juma Consulting, Neptune Lines, Brosa, Jori Armengol y Catalana del Mar.

Durante el transcurso del acto también se presentó la nueva página web de la agrupación (http://www.ctm-bcn.com/). Los miembros de la junta manifestaron también algunos de los objetivos marcados por este club para el presente años, entre los que se encuentran la elaboración de un libro que recoja las memorias y anécdotas del sector logístico; incidir en las oportunidades que ofrecerá el ferrocarril, o la planificación de cuatro /cinco reuniones anuales a las que asista como invitado un profesional relevante del sector.

Recordar que el Club del Transitario Marítimo, presidido por Amadeo Outeiro, inició sus actividades en 1997 y su filosofía no es otra que la reflexión, análisis e intercambio de impresiones sobre la situación del sector logístico. Señalar también que los componentes de este club son profesionales, no empresas, que ocupan cargos directivos en las firmas transitarias. En la actualidad lo componen 23 miembros, cuatro de ellos de los denominados no ejecutivos, que cuentan con una larga trayectoria en el sector logístico pero que en la actualidad ya no ejercen sus cargos, y los llamados ejecutivos que se encuentran en situación activa."


martes, 18 de enero de 2011

Modificaciones tributarias que afectan a los reglamentos de IVA, Renta y Renta de No Residentes

Con motivo de haberse publicado varias Leyes durante el pasado mes de diciembre, ahora se hace necesario adaptar los Reglamentos de los distintos impuestos que se han visto afectados. Es por ello que se han aprobado dos Reales Decretos: el R.D. 1788/2010 y el R.D. 1789/2010.

Entre las modificaciones que merecen destacarse, destaca la supresión de la obligatoriedad de emitir una autofactura, relacionada con las facturas de servicios recibidos de proveedores extranjeros (operación conocida como “inversión del sujeto pasivo”).

El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas ha emitido, con este motivo, la primera Circular Fiscal de 2011 en la que se tratan éstas y otras modificaciones de relevancia que afectan a los Reglamentos de IVA, Renta y Renta de No Residentes.

1. IMPUESTO SOBRE EL IVA.:
Modificación de la base imponible, por impago de la factura por parte del cliente.

Entre los requisitos que se exigen, para poder recuperar las cuotas de IVA repercutido, que constan en las facturas impagadas, se simplifica un trámite.

En efecto, se exigía que se acreditase haber instado el cobro del crédito, mediante una reclamación judicial al deudor. A partir de ahora, bastará justificar que se ha enviado un requerimiento notarial, reclamando la deuda al cliente.

En el caso de créditos adeudados por Entes públicos, se requerirá aportar un certificado expedido por el órgano competente del Ente público deudor.

(continúa...)

Pulse aquí para acceder al contenido completo de la Circular (en PDF).

Circular Fiscal 01/2011

viernes, 7 de enero de 2011

Modificaciones Tributarias promulgadas a través de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2011

Como cada año, la Ley de Presupuestos contempla determinadas modificaciones de índole fiscal o tributaria, las cuales serán expuestas sucintamente en esta Circular.

Dicha Ley, publicada como la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, merece ser destacada por la supresión de la tributación sobre el pago de royalties o regalías a sociedades matrices extranjeras, residentes en la Unión Europea (cuyo pago antes estaba sujeto al 10%), así como por la limitación que se ha introducido sobre la posibilidad de acogerse a la deducción por adquisición de vivienda habitual, la cual ha quedado reservada solamente para aquellos contribuyentes, cuya base imposible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Éstas y otras modificaciones de relevancia son objeto de análisis en la nueva Circular Fiscal 07/2010 publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

Pulse aquí para ver el contenido completo (PDF) de la Circular: Circular Fiscal 07/2010

martes, 4 de enero de 2011

Circular: Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

El 23 de Diciembre de 2010 entró en vigor la reforma del Código Penal, entre cuyas muchas novedades, cabe destacar que, por primera vez en España, se establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Las razones de esta reforma obedecen a motivos de armonización de las normas penales de todos los países miembros de la Unión Europea, que ya anteriormente había dictado Directivas y Recomendaciones para unificar criterios, en tanto que una de las grandes amenazas para el espacio de seguridad europeo es la criminalidad organizada, que cada vez utiliza más las formas corporativas para lograr sus lucros ilícitos.

En la actualidad, es muy evidente que la criminalidad organizada no sólo actúa en la economía sumergida (marginal y sin control legal), sino en la legal, establecida y asentada, bien para cometer delitos (societarios, información privilegiada, tráfico de influencias); bien para encubrirlos (blanqueo de dinero) o bien para financiarlos (empresas que sufragan actos terroristas).

Finalmente, conviene no olvidar que la empresa constituye hoy un factor económico de primer orden y por tanto un elemento de riesgo de considerable magnitud, pues puede lesionar legítimos derechos e intereses de terceros, si no incorpora internamente programas de cumplimiento legal o normas de comportamiento o estatutos internos que contengan, a su vez, mecanismos de información, prevención, supervisión y sanción en caso de incumplimiento de la normativa, como más adelante se hablará.

Pulse aquí para ver el contenido completo (PDF) de la Circular: Circular Penal 01/2010

Publicada por el Departamento de Derecho Penal de BROSA Abogados y Economistas
http://www.brosa.es/

lunes, 3 de enero de 2011

Versión en alemán de la Circular Fiscal - Steuerrechtliche Änderungen

La Circular Fiscal 06/2010 publicada la semana pasada por el Departamento Fiscal de BROSA también está disponible en alemán:

STEUERRECHTLICHE ÄNDERUNGEN IN SPANIEN ALS ANREIZ FÜR INVESTITIONEN UND FÜR DIE ERHALTUNG VON ARBEITSPLÄTZEN

EINFÜHRUNG
Mit der Eilveröffentlichung des Königlichen Gesetzesdekretes 13/2010 (03.12.2010) wurden vom Gesetzgeber steuer- und arbeitsrechtliche Änderungen als Anreiz für Arbeitsplatzbeschaffung und Investitionen eingeführt.

Diese Änderungen treten ab dem 1. Januar 2011 in Kraft, mit Ausnahme der Änderungen zur Vermögensübertragungssteuer für den Kapitalverkehr gesellschaftlicher Vorgänge, die bereits ab dem 3. Dezember 2010 in Kraft treten.

Ebenfalls kommen diese Änderungen sofort und unmittelbar den mittelständischen Unternehmen (sogenannte “PYMES” – weniger als 10 Millionen Umsatz im Geschäftsjahr) entgegen, die jetzt nicht mehr zum Kammerpflichtbeitrag 2010 (sogenannte “cuota cameral“) verpflichtet sind, es sei denn sie die Zahlungen wurden bereits fállig gestellt.

Hier erhalten Sie die vollständige Version des Newsletters im pdf-Format: Newsletter Steuern 06/2010


www.brosa.es