Con la publicación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, se han modificado diversos impuestos, que se analizan con detalle en la Circular Fiscal 02/2013 recientemente publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.
La mayor parte de las modificaciones incorporadas por esta Ley (Ley de medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica) entran en vigor a partir del 1º de enero de 2013. Sin embargo, merece la pena destacar que las operaciones relativas a la Actualización de Balances, para las empresas que se acojan a la misma, deberán ser contabilizadas a 31 de diciembre de 2012, a no ser que la sociedad cierre el balance en otra fecha distinta posterior.
Novedades tributarias más importantes, tratadas en la Circular Fiscal 02/2013:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Supresión de la deducción por inversión en la vivienda habitual
- Premios lo Loterías y otros juegos, que dejan de estar exentos
- Ganancias patrimoniales especulativas
- Retribuciones en especie: vivienda cedida a empleados
- Reducción de rendimiento de las actividades económicas, por mantenimiento o creación de empleo
- Nuevas tecnologías para empleados
- Indemnizaciones elevadas: eliminación de la reducción del 40%
- Actualización de balances
- Contribuyentes que pierden su residencia habitual en España
- Impuesto sobre Sociedades
- Limitaciones sobre los coeficientes de amortización fiscal
- Prórroga de los tipos reducidos, por mantenimiento o creación de empleo, respecto al ejercicio 2008
- Gastos o indemnizaciones superiores a 1.000.000 de Euros
- Premios de loterías
- Pagos fraccionados de las Grandes Empresas
- Actualización de balances
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes
- Gravamen especial sobre bienes inmuebles situados en España
- Actualización de balances
- Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 02/2013.
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.
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